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Decreto 8843-s/2019
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Jujuy
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Mediante el presente Decreto se Faculta al Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy para ejercer los derechos societarios que le competen al Estado Provincial, respecto de la Empresa Cannabis Avatara Sociedad del Estado (CANNAVA S.E.).-
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25/03/2019
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Proyecto de Investigación Jujuy- Cannava (Ley 27.350)
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Jujuy
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La resolución posee como objeto la aprobación a los fines establecidos en la Ley N° 27.350, la etapa 1 – plan de cultivo piloto a ser ejecutado en el territorio de la provincia de Jujuy, a través de la empresa pública provincial (CANNAVA S.E.),
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15/02/2019
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Veto parcial a la Ley 1277/18
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Tierra del Fuego
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El decreto define vetar parcialmente el Proyecto de Ley sancionado por la Legislatura Provincial mediante el cual adhiere la Provincia a la Ley Nacional N° 27.350 y sanciona la Ley 1277, en sus artículos 3°, 4° y 5°, inciso a. El veto eliminó la ampliación del acceso (patologías) y la creación del registro provincial, limitando temporalmente el alcance de la ley a lo estrictamente permitido por la ley nacional de 2017, debido a los conflictos que presentaba con la primer reglamentación nacional.
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17/12/2018
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Proyecto de Investigación Jujuy - Cannava (Ley 27350)
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Jujuy
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El proyecto posee como objeto la promoción del cultivo y producción de cannabis y sus derivados con fines científicos, industriales, medicinales y/o terapéuticos, serán desarrollados a través de Cannabis Avatara Sociedad del Estado (CANNAVA S.E), empresa pública provincial creada por Ley N° 6.088.
El plan de cultivo piloto se desarrollará en los predios de la “Finca El Pongo”, ubicado en proximidades a la ciudad de Perico.
Actualmente, Cannava es una empresa estatal de Jujuy, dedicada al cultivo y elaboración de ingredientes farmacéuticos activos y productos finales de cannabis de uso médico.
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07/12/2018
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Ley 6457
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Corrientes
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La provincia de Corrientes a través de su Ley N° 6457, adhiere a la Ley Nacional N° 27.350, Investigación Médica y Científica del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados.
Incorpora al Sistema de Salud Pública de la Provincia de Corrientes y sus respectivos efectores, Hospitales y Centros de Salud, Sector Privado y Seguridad Social, los derivados a base de Cannabis para uso medicinal y/o terapéutico.
Declara al Ministerio de Salud de la provincia como autoridad de aplicación.
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06/12/2018
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Ley 1277- Adhesión a la Ley 27350 y su alcance provincial.
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Tierra del Fuego
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La provincia de Tierra del Fuego, a través de la Ley 1277, adhiere a la Ley Nacional N° 27.350 investigación científica y uso medicinal y/o terapéutico del cannabis y sus derivados.
Las prestaciones médico-asistenciales y cobertura que hace referencia la Ley nacional, deben ser garantizadas por el Sistema Público de Salud a través de sus efectores y deberán ser incorporadas como prestaciones obligatorias en la Obra Social de la Provincia de Tierra del Fuego (OSPTF).
La Autoridad de Aplicación es el Ministerio de Salud, quien coordina acciones y gestiones con los ministerios involucrados, con los efectores del Sistema Público de Salud, con los laboratorios públicos provinciales, con los municipios de la Provincia, con las universidades públicas nacionales y provinciales, con la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT).
Realizar convenios con instituciones de investigación clínica en salud, universidades nacional y provinciales, laboratorios públicos y organizaciones de la sociedad civil. y promueve ante el Consejo Federal de Salud y el Consejo Federal Legislativo de Salud, la coordinación de las políticas públicas nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) vinculadas a la temática de esta ley.
El 17 de enero de 2019, el Poder Ejecutivo provincial, en este momento al mando de Rosana Bertone (PJ), mediante el Decreto Provincial n°3527/18 promulgó la ley, pero vetó la provisión pública de medicamentos para las patologías no contenidas en la ley nacional, la creación del registro voluntario y la función del Ministerio de Salud tendiente a implementar medidas que permitan contar con los recursos y modalidades terapéuticas adecuadas a las necesidades individuales y colectivas para las personas con las patologías mencionadas en la ley provincial.
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27/11/2018
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Decreto 8036/2018
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Jujuy
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El decreto faculta al Ministerio de Salud a elaborar y ejecutar los procedimientos que sean necesarios para lograr la aplicación de la Ley N° 6.012 de Investigación Científica y Uso Medicinal y Terapéutico del Cannabis y sus Derivados, tanto en materia de investigación científica como así también respecto al uso medicinal y/o terapéutico del cannabis y sus derivados en el territorio de la provincia de Jujuy
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16/11/2018
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Decreto 8037/2018
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Jujuy
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A través de este decreto, se aprueba el Estatuto Social de la Empresa CANNABIS AVATÃRA SOCIEDAD DEL ESTADO (CANNAVA S.E.). CANNAVA S.E. tendrá a su cargo la implementación de las acciones contempladas en el “Programa provincial de promoción del cultivo y producción de cannabis con fines científicos, medicinales y/o terapéuticos”
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14/11/2018
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Ley 6088
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Jujuy
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El poder Legislativo de la provincia de Jujuy, mediante la Ley N° 6088 crea una Sociedad del Estado bajo la denominación CANNABIS AVATARA SOCIEDAD DEL ESTADO (CANNAVA S.E.). Que tendrá por objeto llevar a cabo por sí, por intermedio de terceros y/o asociada a terceros:
El cultivo de cannabis y sus derivados con fines científicos, medicinales y/o terapéuticos, en todas sus variedades, así como su producción, industrialización y comercialización; la instalación y explotación de establecimientos, equipamientos y plantas industriales necesarias a tales fines. La adquisición, elaboración, fabricación, transporte, almacenamiento, distribución, comercialización, importación y exportación de semillas, plantas, abonos, material vegetal, material fitosanitario, fertilizantes y demás recursos necesarios para la ejecución de las actividades.
Además, cualquier otra actividad complementaria que resulte necesaria para la consecución del objeto establecido. Como así también, llevar a cabo los procedimientos de registración de medicamentos y productos derivados del cannabis ante los organismos competentes.
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17/10/2018
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Ley 10623
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Entre Ríos
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La Legislatura de la provincia de Entre Ríos, mediante la Ley N° 10.623, adhiere a la Ley Nacional 23.750 “Investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados”. Faculta al Poder Ejecutivo Provincial a celebrar convenios con el Ministerio de Salud de la Nación y/o la autoridad competente, a efectos de incorporarse al “Programa Nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales”.
El ministerio de Salud será la autoridad de aplicación. Además, crea un registro voluntario a los fines de autorizar en virtud de lo dispuesto por la Ley 27.350. La inscripción de los pacientes y familiares deberán presentar las prescripciones médicas de profesionales matriculados sobre las patologías incluidas en la reglamentación. Con el resguardo de protección de confidencialidad de datos personales.
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16/10/2018
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