Tìtulo Lugar Descripción Fecha de Creación Archivo
Decreto 9/19 San Juan Se reglamenta la Ley Provincial N° 1926-Q, por la cual la Provincia de San Juan adhiere a la Ley Nacional N° 27350 de investigación médica y científica del uso medicinal, paliativo del dolor y/o terapéutico de la planta de cannabis y sus derivados. 23/08/2019
Ley 1926 San Juan La provincia de San Juan a través de su Ley N° 1926, adhiere a la Ley Nacional N° 27.350 investigación médica y científica en el uso medicinal, paliativo del dolor y terapéutico de la planta de cannabis y sus derivados. Declara al Ministerio de Salud de la provincia como autoridad de aplicación, facultada para promover estudios e investigaciones en el uso del cannabis con fines medicinales. Propicia la participación de asociaciones civiles que estén relacionadas a la temática, en coordinación con los organismos dependientes del Ministerio de Salud Pública de la Provincia, para establecer pautas y protocolos precisos de investigación y uso medicinal de los principios activos de la mencionada planta, con la única finalidad de mejorar los determinantes de la salud propuestos por la Organización Mundial de la Salud. 22/07/2019
LEY I-657 Chubut Por medio de la Ley I-657, la provincia de Chubut Incorpora al Vademécum de Salud Pública, como tratamiento alternativo el «Aceite Cannabis», para Dolencias y Patologías a saber: Artrosis; Artritis; Cáncer; Epilepsia; Glaucoma; Esclerosis múltiple; Fibromialgias; Dolores crónicos y los que crea conveniente el Ministerio de Salud de la Provincia del Chubut». Sustituye el Artículo 1 y 2 de la Ley 1588, del año 2016. 26/06/2019
Decreto Nº 432/2019 La Rioja El Decreto establece en su Artículo 1º.- Vétase Totalmente la Ley provincial Nº 10.165 sancionada por la Cámara de Diputados de la Provincia con fecha 11 de abril de 2018, en base a los considerandos del presente acto administrativo. 14/05/2019
Ley 10.165 La Rioja La provincia de La Rioja a través de su Ley Nº 10.165 modifica los Artículos 3 y 5 de la Ley 10.005. Artículo 1 ° .- Modifícase el Artículo 3° de la Ley Nº 10.005. Artículo 3 ° .- La Autoridad de Aplicación impulsará la investigación, capacitación, difusión y utilización con fines terapéuticos y científicos de la planta cannabis y sus derivados en la terapéutica humana. Permitiendo realizar convenios con organizaciones no gubernamentales. Art. 2°.- Modifícase el Artículo 5° de la Ley Nº 10.005. Artículo 5 ° .- Dispóngase que la Autoridad de Aplicación será la Secretaría de Prevención de Adicciones. 14/05/2019
Decreto 8843-s/2019 Jujuy Mediante el presente Decreto se Faculta al Ministerio de Salud de la Provincia de Jujuy para ejercer los derechos societarios que le competen al Estado Provincial, respecto de la Empresa Cannabis Avatara Sociedad del Estado (CANNAVA S.E.).- 25/03/2019
Ley 1277 Tierra del Fuego La provincia de Tierra del Fuego, a través de la Ley 1277, adhiere a la Ley Nacional N° 27.350 investigación científica y uso medicinal y/o terapéutico del cannabis y sus derivados. Las prestaciones médico-asistenciales y cobertura que hace referencia la Ley nacional, deben ser garantizadas por el Sistema Público de Salud a través de sus efectores y deberán ser incorporadas como prestaciones obligatorias en la Obra Social de la Provincia de Tierra del Fuego (OSPTF). La Autoridad de Aplicación es el Ministerio de Salud, quien coordina acciones y gestiones con los ministerios involucrados, con los efectores del Sistema Público de Salud, con los laboratorios públicos provinciales, con los municipios de la Provincia, con las universidades públicas nacionales y provinciales, con la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT). Realizar convenios con instituciones de investigación clínica en salud, universidades nacional y provinciales, laboratorios públicos y organizaciones de la sociedad civil. y promueve ante el Consejo Federal de Salud y el Consejo Federal Legislativo de Salud, la coordinación de las políticas públicas nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA) vinculadas a la temática de esta ley. El 17 de enero de 2019, el Poder Ejecutivo provincial, en este momento al mando de Rosana Bertone (PJ), mediante el Decreto Provincial n°3527/18 promulgó la ley, pero vetó la provisión pública de medicamentos para las patologías no contenidas en la ley nacional, la creación del registro voluntario y la función del Ministerio de Salud tendiente a implementar medidas que permitan contar con los recursos y modalidades terapéuticas adecuadas a las necesidades individuales y colectivas para las personas con las patologías mencionadas en la ley provincial. 21/01/2019
Ley 6457 Corrientes La provincia de Corrientes a través de su Ley N° 6457, adhiere a la Ley Nacional N° 27.350, Investigación Médica y Científica del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados. Incorpora al Sistema de Salud Pública de la Provincia de Corrientes y sus respectivos efectores, Hospitales y Centros de Salud, Sector Privado y Seguridad Social, los derivados a base de Cannabis para uso medicinal y/o terapéutico. Declara al Ministerio de Salud de la provincia como autoridad de aplicación. 06/12/2018
Decreto 8036/2018 Jujuy El decreto faculta al Ministerio de Salud a elaborar y ejecutar los procedimientos que sean necesarios para lograr la aplicación de la Ley N° 6.012 de Investigación Científica y Uso Medicinal y Terapéutico del Cannabis y sus Derivados, tanto en materia de investigación científica como así también respecto al uso medicinal y/o terapéutico del cannabis y sus derivados en el territorio de la provincia de Jujuy 16/11/2018
Decreto 8037/2018 Jujuy A través de este decreto, se aprueba el Estatuto Social de la Empresa CANNABIS AVATÃRA SOCIEDAD DEL ESTADO (CANNAVA S.E.). CANNAVA S.E. tendrá a su cargo la implementación de las acciones contempladas en el “Programa provincial de promoción del cultivo y producción de cannabis con fines científicos, medicinales y/o terapéuticos” 14/11/2018