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Proyecto de investigación Agrogenética Riojana (Ley 27.350)
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La Rioja
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El proyecto posee como objeto la promoción del cultivo y producción de cannabis y sus derivados con fines científicos, industriales,medicinales y/o terapéuticos así como promover las investigaciones que realizan el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas CONICET), junto a otros organismos de ciencia y técnica, universidades, organizaciones de la sociedad civil, sociedades científicas, instituciones académicas, nacionales, provinciales y municipales, relacionadas con los fines terapéuticos y científicos de la planta de Cannabis y sus derivados.
El plan de cultivo piloto se desarrollará en el vivero del oeste riojano sapem (AGROGENETICA RIOJANA) en un predio ubicado en calle lateral s/n Ruta Provincial N° 12, Anguinan, Provincia de la Rioja, propiedad del requirente.
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02/02/2021
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Anexo de proyecto de investigación CANME San Juan (Ley 27.350).
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San Juan
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Anexo del proyecto de cultivo.
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02/02/2021
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Proyecto de investigación Cannabis INTA Castelar
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Buenos Aires
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El proyecto posee como objeto la investigación sobre el cultivo de cannabis con fines de investigación médica y científica presentado por el Centro Nacional de Investigaciones Agropecuarias y se realiza con la empresa BCBD Medicinal S.A. El proyecto se centrará en obtener plantas madres de calidad para la elaboración de la sustancia que como medicamento sirva para proveer a quienes estuvieren incorporados al Programa de cannabis medicinal del Ministerio de Salud de la Nación
El plan de cultivo piloto a desarrollarse en su predio ubicado en el área del Instituto de recursos biológicos del INTA.
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01/02/2021
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Anexo Proyecto de Investigación INTA Castelar
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Buenos Aires
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Anexo
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01/02/2021
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Ley 3279
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Neuquén
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La provincia de Neuquén a través de la Ley N° 3279/20, se adhiere a la Ley Nacional N°27.350 de Investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados. Declara al Ministerio de Salud, como Autoridad de Aplicación. Incorpora al sistema público de salud las especialidades medicinales derivadas del cannabis para los pacientes a quienes el profesional de salud responsable se los indique como tratamiento medicinal, terapéutico y/o paliativo del dolor. Crea el Consejo Consultivo sobre Cannabis Medicinal. Como así también un Registro Provincial del Programa de Cannabis Medicinal. Deroga la Ley N°3042.
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30/12/2020
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Ley 9298
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Mendoza
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Con esta norma la autoridad de aplicación pasó del Ministerio de Salud al Ministerio de Economía y Energía. Se buscó atraer inversiones privadas para el cultivo y procesamiento a escala industrial. Fue la primera provincia en reglamentar el cultivo y la comercialización con fines económicos.
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29/12/2020
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Ley 6551
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Corrientes
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Esta norma creó la Sociedad del Estado para la Producción, Fomento e Investigación de Cannabis Medicinal de la Provincia de Corrientes (SE.PRO.F.I.), es esta empresa pública la que gestiona el proyecto Caá Cannabis.
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28/12/2020
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Ley 5487
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Río Negro
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Esta nueva ley, no deroga la anterior, pero la amplía creando un marco regulatorio integral para la investigación y el uso medicinal. Establece que el aceite de cannabis y otros derivados deben ser incorporados al vademécum del Ministerio de Salud y del IPROSS (la obra social provincial), al tiempo que obliga a la obra social a cubrir los tratamientos con cannabis para sus afiliados. Además, estipula facilitar la inscripción en el REPROCANN nacional mediante acuerdos de simplificación de trámites.
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23/12/2020
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Ley 8223
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Salta
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La provincia de Salta contaba con una ley que preveía tratamientos con derivados de cannabis sancionada en enero del 2017. Como la Ley Nacional 27350 se sancionó en marzo de aquel año, no previa la adhesión. Entonces, esta norma que es sucinta, adhiere a la legislación federal y a su decreto reglamentario 883/2020.
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10/12/2020
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Ley 6349
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CABA
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La Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de la Ley Nº6.349, adhiere a la Ley Nacional N° 27.350 “Investigación Médica y Científica del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados”. Declara de interés sanitario las acciones tendientes a proteger, promover y mejorar la salud pública de la población.
Establece que la autoridad de aplicación de la presente Ley, es el Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Crea bajo la órbita de la autoridad de aplicación el "Consejo Asesor de Políticas relacionadas al Cannabis". Y establece que la Autoridad de Aplicación gestione ante el Estado Nacional todas y cada una de las autorizaciones y convenios para garantizar la provisión de Cannabis y otros derivados de la planta. En consonancia con la exigencias de la Administración Nacional de Alimentos y Tecnología (ANMAT).
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12/11/2020
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