Ley 6349

La Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a través de la Ley Nº6.349, adhiere a la Ley Nacional N° 27.350 “Investigación Médica y Científica del Uso Medicinal de la Planta de Cannabis y sus derivados”. Declara de interés sanitario las acciones tendientes a proteger, promover y mejorar la salud pública de la población. Establece que la autoridad de aplicación de la presente Ley, es el Ministerio de Salud de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Crea bajo la órbita de la autoridad de aplicación el "Consejo Asesor de Políticas relacionadas al Cannabis". Y establece que la Autoridad de Aplicación gestione ante el Estado Nacional todas y cada una de las autorizaciones y convenios para garantizar la provisión de Cannabis y otros derivados de la planta. En consonancia con la exigencias de la Administración Nacional de Alimentos y Tecnología (ANMAT).
Lugar
CABA