La Resolución entre la ARICCAME y el INASE establece que las personas humanas o jurídicas que deseen inscribir variedades de cáñamo destinadas a la producción de fibra y grano en el Registro Nacional de Cultivares (“RNC”) del INASE deberán solicitar una licencia a la ARICCAME en los términos del procedimiento aprobado por la Resolución 1/2024 de ARICCAME. De manera transitoria, el INASE podrá iniciar el trámite de inscripción en el RNC si el solicitante acredita haber presentado la solicitud de licencia ante la ARICCAME, aunque esta aún no haya sido otorgada.
Fecha
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2025