2023.Resolución 766. MSAL. Se aumenta a 3 años la duración del certificado de autorización expendido por el REPROCANN. 

El Ministerio de Salud de la Nación a través de la Resolución 766/2023 modificó el artículo 10 de la Resolución N° 800 que re-reglamentó la ley 27350 en el año 2021, extendiendo el certificado de autorización emitido por el REPROCANN a TRES (3) años desde la fecha de emisión. La modificación se basa en que de acuerdo a la experiencia recogida resulta conveniente modificar el plazo de vigencia a fin de adecuar el mismo a la situación de los usuarios y usuarios, como así también a las gestiones administrativas e informáticas pertinentes.

Fecha
2023